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Manutención de los nietos por los abuelos

Nos hemos hecho eco en las noticias jurídicas que el Tribunal Supremo, mediante Sentencia del pasado 3 de julio, determina, que unos abuelos de la localidad de Langreo han de colaborar mensualmente con 100 euros por cada nieto en la manutención de los mismos.

La madre de los pequeños demandó a los abuelos paternos para que colaboraran en el sustento alimenticio de los niños ante la situación de penuria económica que padecen.

Según consta en la sentencia, los progenitores de los menores están divorciados desde 2015 y el padre debería aportar una pensión alimenticia mensual de 200 euros a cada uno de sus hijos, pero no lo hace alegando que está en situación de desempleo. Ahora serán los abuelos paternos los que deberán contribuir a la pensión alimenticia de sus nietos, aunque lo harán de forma parcial aportando 200 euros por los dos, si bien su hijo en el auto de divorcio, de 2015, debería estar aportando cada mes 400 euros como pensión de alimento a favor de los menores, de los que tiene la custodia. Algo que no hace al carecer de ingresos suficientes.

Antes de llegar dicho asunto al Alto Tribunal, desde la primera sentencia se consideró que la situación económica de sus abuelos les permite contribuir con la manutención de sus nietos, ya que el abuelo tiene una pensión mensual que oscila entre los 2.300 y los 2.500 euros, a pesar de que vive con su mujer y dos hijas.

En este sentido, la Audiencia Provincial indicó que «la obligación de prestar alimentos entre parientes encuentra su razón de ser en el principio de solidaridad familiar, que tiene cobertura de rango institucional». Los demandados habían alegado que ellos también tienen cargas familiares ya que ayudan a sus hijas, lo que «les impide atender las necesidades de sus nietos». El fallo de la Audiencia fue claro y consideró «que aún pueden colaborar al mantenimiento de los pequeños».

 

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